a) Adjudicación Simplificada porque es un servicio que no supera los topes de las AS.
b) Selección de Consultores individuales, ya que es una consultoría ejecutada por una persona y no supera los S/200 000 soles
c) Contratación Directa porque es un servicio personalísimo.
d) No se considera en el PAC, en la medida que la contratación de notarios públicos para que ejerzan las funciones previstas en la LCE y su Reglamento.
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