La entidad debe iniciar un nuevo procedimiento de selección para la supervisión del adicional.
La entidad debe informar al Tribunal de Contrataciones Públicas y a la Contraloría General de la República para los fines correspondientes.
El contratista asume la responsabilidad por las deficiencias del expediente técnico y no tiene derecho al pago del adicional.
La entidad debe solicitar una opinión vinculante al OECE sobre la procedencia del adicional.